Tras la lectura del texto aprobado por la ponencia parlamentaria sobre la denominada ley de memoria y los contenidos de dicho texto, desde la asociación Foro por la Memoria manifestamos nuestra valoración positiva del hecho de que pueda existir una ley que condene institucionalmente el franquismo, dado que supone la primera vez en España que -desde un punto de vista institucional y con un soporte jurídico y normativo- se va a condenar la dictadura franquista y las atrocidades derivadas del golpe militar de 1936.

Sin embargo, hemos de expresar nuestra decepción dado que -según lo aparecido- la ley seguirá siendo insuficiente en tanto en cuanto no fija la nulidad radical de los tribunales represivos franquistas y las sentencias de ellos emanadas, por lo que no satisface las legítimas expectativas de todos aquellos que fueron perseguidos por un sistema represivo ilícito, así como las de sus familiares: no entendemos las reticencias del PSOE a declarar la nulidad ni podemos aceptar las supuestas justificaciones de tal postura en base a erróneos planteamientos jurídicos que nos hacen pensar que existan otros motivos, quizá de índole económica.

Ello tiene una traducción en el articulado que equipara las condenas y sanciones realizadas durante la guerra por los alzados y por los tribunales republicanos, lo que conduce no sólo a una conclusión que afecta al terreno moral o político -al equiparar las actuaciones de golpistas y republicanos- sino que afecta a la calificación jurídica de los hechos a la luz del Derecho Internacional. Así, se pretende equiparar lo que fue un plan de exterminio planificado por los golpistas para eliminar a una parte de la sociedad civil (cuya calificación puede ser de genocidio o de crimen de lesa humanidad, en todo caso, crímenes contra humanidad), con lo que pudieran constituir desmanes o delitos aislados, sin órdenes de los mandos militares ni políticos de la República, esto es, delitos comunes de asesinatos, homicidios, lesiones… Esto constituye en si mismo un hecho que afecta a la filosofía de la propia Ley porque pretende querer salvaguardar los crímenes más grandes que puedan cometerse contra la población civil que son imprescriptibles y que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. Esto es lo que en términos jurídicos se denomina modelo español de impunidad y esto es -por tanto- lo que nos impide formular un respaldo pleno a la misma.

En todo caso hemos de reconocer los avances producidos desde el último texto propuesto, especialmente en los intentos destinados a darle un valor efectivo en la Exposición de Motivos y la Disposición Derogatoria a las consecuencias jurídicas de la declaración de ilegitimidad que puede viabilizar – aunque con dificultades en cuanto a la interpretación y obligando a un via crucis individual y judicial- las previsibles reclamaciones de revisión de procesos y anulación de sentencias, así como el hecho de incluir la declaración de condena del franquismo aprobada por unanimidad en la Comisión Constitucional del Congreso, y la contenida en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006 (aunque no recoge las resoluciones de condena del franquismo de la Asamblea General de la ONU de 9 de febrero y 12 de diciembre de 1946 -resoluciones 32 y 39).

Asimismo resaltamos la tímida y timorata respuesta dada en el texto a diversos aspectos cruciales como el engañoso concepto de memoria personal y familiar que -afortunadamente- nunca se perdió en nuestro país, así como a la tibia y testimonial reparación moral y el ambiguo reconocimiento personal a las víctimas, además de la difusa responsabilidad e intervención publicas en las exhumaciones e identificaciones de asesinados en fosas comunes, y también queremos denunciar la exigua respuesta dada a la situación del Valle de los Caídos, extremos todos ellos que, entre otros, esperamos se mejoren en la tramitación y debate parlamentario.
En concreto, y por lo que se refiere a las exhumaciones, seguimos siendo críticos con la regulación por cuanto se remite a la elaboración de un «protocolo» que asegure la colaboración institucional garantizando convenios con entidades sociales porque consideramos que es la Administración la que debe acometer la cuestión pendiente de las exhumaciones, la identificación y la individualización de los cadáveres, y no delegar en las ONGs y Asociaciones: estamos tratando de Derechos Humanos -incluidos en la triada Verdad, Justicia, Reparación- y su tratamiento no debe ser «externalizado».

Desde nuestra posición en el ámbito asociativo memorialístico reafirmamos que la recuperación de la Memoria Histórica Democrática de este país es un proceso colectivo que afecta a la sociedad española en su conjunto como ejercicio de sanidad democrática que permita conocer los horrores y las aberraciones de la sublevación franquista y la guerra civil y la dictadura por ella generados y su sistema de exterminio institucionalizado del oponente durante décadas, al tiempo que reconocer la labor de los miles de luchadores y luchadoras por la libertad que se sacrificaron primero para defender y luego para conseguir un sistema de libertades: en este sentido entendemos positivo que hayan participado en su génesis diversos partidos de diversas orientaciones puesto que la memoria histórica debe ser un elemento común para la convivencia democrática, al igual que ocurre en el resto de países que han sufrido dictaduras.

Queremos asimismo denunciar la hipócrita e inaceptable actitud del Partido Popular que en ningún momento ha planteado voluntad constructiva alguna al respecto, y mientras que arremete contra la Ley por divisiva, aplaude las vergonzantes actuaciones de la Iglesia Católica respecto a la canonización de los mártires de su «Cruzada», cediendo incluso suelo público para dichos actos de exaltación como ocurre en Valencia, identificándose -sin tapujos- con la herencia sociológica, política y económica del más rancio franquismo
Finalmente referir que el proceso de recuperación de la memoria histórica ni ha nacido con el actual texto legal ni se acaba con la aprobación de la ley puesto que el mismo implica muchos ámbitos de intervención, desde libros de texto hasta símbolos en las calles, desde fosas y exhumaciones hasta el resarcimiento y compensación a las víctimas de la represión franquista, por lo que desde el movimiento memorialista seguiremos trabajando con o sin ley, e independientemente del contenido de la misma para conocer y divulgar los crímenes franquistas y en aras al merecido e imprescindible reconocimiento social, jurídico y económico de los luchadores y luchadoras por la libertad en éste país.

*Presidente asociación
Foro por la Memoria