La Declaración Universal de los derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas en 1948, establece claramente el catálogo de derechos fundamentales de la persona inherentes a su condición de ser humano. Por tanto, se trata de derechos imperativos e indisponibles, que proclaman el transito del súbdito feudal al ciudadano del estado de democrático y de derecho contemporáneo.

Ninguna de las tres diferentes categorías de derechos humanos existentes (civiles-políticos; sociales-económicos-culturales; y derechos colectivos) se cumple a plenitud, dependiendo su incumplimiento mas o menos sistemático de distintos factores entre los que destacan la ausencia de un estado social y de derecho pleno, la falta de libertades políticas, y la ausencia de recursos económicos o de desarrollo social disponibles para ser distribuidos entre la población del planeta de forma efectiva.

Si bien los países capitalistas organizados políticamente como estados «de derecho», priorizan formalmente el respeto a los derechos civiles y políticos individuales, en la práctica incumplen habitualmente los contenidos esenciales de los derechos económicos y sociales, tales como el derecho al trabajo, a la educación, a la sanidad, a unas condiciones de vida digna, a la seguridad social o a la vivienda. Los anteriores derechos, para más de 4/5 partes de la humanidad, no son mas que declaraciones de buenas intenciones siempre relegados en su cumplimiento por motivos de política económica. De hecho, la práctica totalidad de los sistemas constitucionales imperantes en los países capitalistas democráticos, carecen de mecanismos legales de exigibilidad al Estado del cumplimiento de los contenidos de los derechos económicos y sociales recogidos en la Declaración Universal de 1948.

La mera existencia de la Declaración de «Objetivos de Desarrollo del Milenio» hecha por las Naciones Unidas en el año 2000, pone de manifiesto no solamente el irrespeto a estos derechos sociales y económicos, sino la falta de voluntad política para cumplirlos, en un mundo en el que sobran capacidades y recursos para alimentar plenamente y garantizar condiciones de vida dignas al doble de la población actual del planeta.

De los ocho objetivos incluidos en dicha declaración, al menos siete (Erradicar la pobreza extrema y el hambre; Lograr la enseñanza primaria universal; Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer; Reducir la mortalidad infantil; Mejorar la salud materna; Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades y Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente) están directamente relacionados con el incumplimiento sistemático de esos derechos económicos y sociales contenidos en la Declaración Universal de DDHH, lo que no es de extrañar cuando el «único» sistema económico validamente reconocido por la plutocracia mundial actualmente gobernante, es el sistema económico capitalista, sistema que por definición, y al anteponer los intereses y beneficios privados y minoritarios a los colectivos y mayoriatarios, es incompatible con el pleno reconocimiento y respeto de la totalidad de derechos reconocidos en la declaración Universal de 1948, y en especial incompatible con el cumplimiento de los contenidos de los derechos económicos y sociales.

La actual «Guerra Global contra el terrorismo», verdadero «estado de excepción global» impuesto por los Estados Unidos y sus aliados con la excusa de los horrorosos atentados del 11-S, ha supuesto la clara disminución de las garantías de cumplimiento y respeto de los derechos civiles y políticos fundamentales. Concretamente, está significando el retorno a prácticas de vulneración sistemática de derechos civiles y políticos (como el derecho a la vida, a la integridad física, al debido proceso, a la presunción de inocencia, a la confidencialidad, etc) previamente condenadas por la comunidad y la justicia internacional en el periodo post guerra fría: cárceles secretas CIA; detenciones secretas; desapariciones forzosas de detenidos en la «guerra contra terrorismo», legalización de la práctica de la tortura como arma policial y de guerra, restricción -sino eliminación- de los derechos de defensa y de presunción de inocencia de numerosos colectivos, aumento de los periodos de detención policial sin intervención judicial, etc. Estos retrocesos no solamente se producen en países lejanos a nuestro entorno político, sino que en el mismo corazón de la vieja Europa, cuna de la revolución francesa. El legislador actúa frenéticamente en esa línea, tanto en nuestro país (ley de partidos, reformas del código penal, endurecimiento de legislación de extranjería) como en los demás países de la Unión Europea. A titulo de flagrante ejemplo, en la actualidad, en el Reino Unido se permite la detención sin cargos de cualquier persona, si intervención judicial, hasta 28 días.

Obviamente, el respeto a los DDHH no interfiere en los mecanismos de seguridad de los Estados, sino que es la tendencia a «legislar en caliente», a golpe mediático – siempre con la excusa del terrorismo- por parte de los Estados democráticos, lo que interfiere cada vez mas claramente en el respeto a los derechos humanos de índole civil y política.

Únicamente el respeto y la coexistencia de los derechos civiles-políticos y los derechos económicos-sociales, es garantía de seguridad y de consolidación democrática. Ningún sistema político-económico que pretenda legitimarse ante las sociedades del planeta, puede incumplir sistemáticamente el contenido de la Declaración Universal de los derechos Humanos. No sirve como excusa ni la «amenaza» terrorista, ni la «falta de recursos» de los estados, en un planeta donde existen compañías transnacionales que manejan presupuestos anuales mayores que los presupuestos del estado de todos los países africanos juntos, y donde empresas capitalistas reparten entre sus accionistas anualmente más cantidades en beneficios que las disponibles por la más de la mitad de los países del mundo para educación, sanidad o desarrollo social, cuando no simplemente para garantizar el derecho a la alimentación básica. Es decir, el derecho a la supervivencia.

* Miembro de la C. Permanente del PCE y abogado especialista en DDHH