Según el presidente de Chile, Sebastián Piñera, “un condenado por violar los derechos humanos debería tener el beneficio de morirse en su casa”. Es su argumentación para justificar lo que denomina una ley humanitaria que conceda la prisión domiciliaria a los condenados por terrorismo de Estado. Este privilegio, por el riesgo de morir en la cárcel como consecuencia del coronavirus, no se aplicaría a toda la población penitenciaría con enfermedades sino solamente a los reclusos del penal de Punta Peuco sentenciados por crímenes contra la humanidad.

La presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, le ha contestado al presidente que la Convención Interamericana para la Protección del Adulto Mayor (ratificada por Chile en 2017) obliga a la protección especial de todos los mayores de 75 años. “Hay que ser muy indecente -añade Pizarro- para relativizar el terrorismo de Estado e intentar hacer uso de un momento tan dramático con la reiterada determinación de liberar a los violadores de los derechos humanos”. Carlos Margotta, presidente de la Comisión Chilena de los Derechos Humanos, ha advertido que “la iniciativa de Piñera es inconstitucional” y considera además que “constituye una nueva afrenta a la memoria de las víctimas y a sus familiares”.