Unidas Podemos reclama un auténtico derecho de acceso en RTVE

Una comisión del Consejo de Administración de RTVE va a preparar la reforma, renovación y actualizacióndel derecho de acceso. Es el resultado de una iniciativade los consejeros de Unidas Podemos para una auténticaaplicación del derecho que establece la Constitución.

Denuncian que RTVE no está cumpliendo con su obligaciónde poner a disposición de los grupos políticos y socialessignificativos doce horas semanales de su programaciónpara espacios específicos dedicados al derecho de acceso.

A continuación la propuesta de Unidas Podemos en el Consejo de Administración de RTVE.

EL DERECHO DE ACCESO EN RTVE

El Consejo de Administración de RTVE estableció una regulación provisional del derecho de acceso a la espera de la configuración definitiva de la autoridad audiovisual. Mientras tanto la Ley de Financiación de RTVE impuso a la corporación unas obligaciones sobre el derecho de acceso que no se están cumpliendo (doce horas semanales en la radio, la televisión y los servicios interactivos), como tampoco se aplica el ejercicio directo del derecho de acceso mediante espacios específicos como se incluye en el artículo 28 de la Ley de 2006 de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal.

La reciente reforma de la Ley General de la Comunicación Audiovisual ha atribuido la autoridad audiovisual al Ministerio de Asuntos Económicos, por lo que ya se puede desarrollar una nueva regulación para un auténtico derecho de acceso en RTVE.

La aprobación de la siguiente propuesta corresponde al Consejo de Administración después de un informe favorable de la autoridad audiovisual, según el mandato de la Ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal, y teniendo en cuenta que su artículo 23 atribuye al Consejo Asesor la capacidad de opinar sobre los criterios y normas que garanticen el derecho de acceso.

PROPUESTA PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO DE ACCESO EN RTVE

  1. El derecho de acceso se establece en el artículo 20 de la Constitución: La ley garantizará el acceso de los grupos sociales y políticos significativos a los medios de comunicación social dependientes del Estado.

El artículo 28 de la Ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal y el artículo 27 del mandato marco del Parlamento concretan cómo se debe aplicar el derecho de acceso en RTVE: De manera global mediante la participación de los grupos sociales y políticos significativos como fuentes y portadores de información y opinión en el conjunto de la programación y de manera directa mediante espacios específicos. RTVE garantizará la disponibilidad de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de los espacios del derecho de acceso.

El artículo 9 de la Ley de Financiación de RTVE obliga a la corporación a dedicar al menos doce horas semanales en horario no residual entre sus distintos canales de la radio y de la televisión y emitir programas y presencia en los servicios interactivos para el acceso de los grupos políticos, sindicales y sociales.

  • El Consejo de Administración decidirá la formación y composición de la Comisión del Derecho de Acceso con consejeras y consejeros que tendrán la responsabilidad de aprobar las candidaturas (las peticiones se podrán hacer en cualquier momento con el único requisito del registro legal de los grupos), repartir los espacios específicos para los grupos políticos, sindicales y sociales y asegurar la organización y disponibilidad para los interesados de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de los espacios del derecho de acceso.

Los grupos con derecho de acceso podrán encargarse directamente de la realización de los espacios específicos o elaborarlos con los medios técnicos y profesionales facilitados por RTVE.

Las decisiones de la Comisión del Derecho de Acceso del Consejo de Administración de RTVE se podrán recurrir ante la autoridad audiovisual.

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