Mejoras laborales

Subida salarial de hasta un 9% en el nuevo convenio del sector del vino de Extremadura

También recoge una nueva regulación de las horas extraordinarias que aclara su cuantía, así como un nuevo plus para los domingos y festivos
Industrias vitivinícolas

Sindicatos y patronal han llegado a un acuerdo para la firma del convenio para este año 2024, que CC. OO. de Industria ha valorado positivamente porque contiene mejoras que contribuirán a mejorar las condiciones de trabajo y a modernizar las relaciones laborales en el sector.

En concreto el nuevo convenio prevé una actualización de la tabla salarial de entre un 4 de mínimo y un 9 por ciento de máximo, dependiendo de las categorías profesionales. Se trata, por tanto, de un aumento acorde con los acuerdos alcanzados entre gobierno patronal y sindicatos en el AENC y que supera en todos los casos el IPC de 2023.

Por ello, desde CC. OO. destacan que ha conseguido que ninguna categoría quede por debajo del salario mínimo, que ha registrado un fuerte alza en los últimos años, y que se diferencie por grados la responsabilidad dentro de cada categoría a través de mayores retribuciones.

Por otro lado resaltan que también se ha establecido una regulación sobre el cobro de las horas extraordinarias, fijando su cuantía en un 60 por ciento más que la hora ordinaria. Para el sindicato de clase esto es relevante, porque en el convenio anterior se dejaba esta cuestión a la posibilidad de un acuerdo particular en cada empresa y ahora se extiende a todo el sector este mínimo de aumento.

También en el apartado retributivo, se ha creado un nuevo plus de 30 euros para los trabajadores y trabajadoras que trabajen en domingo o festivo, sea jornada ordinaria o extraordinaria. El mayor peso de este sector en los últimos tiempos está haciendo que cada vez sea más común la necesidad de multiplicar turnos con domingos y festivos para que no cese la actividad.

El derecho al cobro de todas estas percepciones económicas tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de este año, independientemente de cuando se publique el texto en el Boletín Oficial de Extremadura.

Por otra parte, se ha establecido que las licencias retribuidas empiecen a computarse en día laborable y no se puedan solapar con los descansos que el trabajador o trabajadora pudiera tener. Además, se ha fijado un mínimo de dos meses de antelación para que se conozca el calendario de vacaciones.

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