El pasado 11 de octubre el miembro del Comité Central y Coordinador Regional de IU de Castilla-La Mancha, Juan Ramón Crespo, intervino como abogado del Observatorio de los Derechos Humanos para el Sáhara Occidental de CLM en la Comisión Política Especial y de Descolonización (IV Comisión) en defensa de los derechos del pueblo saharaui y el derecho de autodeterminación del Sáhara Occidental celebrada en las Naciones Unidas.
En su intervención puso de manifiesto los 44 años que Marruecos lleva ocupando ilegalmente gran parte del Sáhara Occidental. Más de 200.000 saharauis permanecen exiliados en campos de refugiados en Argelia o en otros países. El resto viven bajo la ocupación marroquí y la anexión del territorio, sufriendo de forma sistemática la violación de los derechos humanos, políticos, sociales, económicos y culturales. Según el Derecho Internacional, sin embargo, Marruecos no tiene ningún tipo de soberanía legal sobre el Sáhara y actúa como una potencia ocupante “de facto”.
La intervención de Crespo se centró en la ilegal explotación por parte de Marruecos de los recursos naturales. Recordó la infamia cometida por España en 1975, abandonando al pueblo saharaui y mantenida por todos los gobiernos desde entonces. Según el Artículo 73 de la Carta de la Organización de Naciones Unidas, España continúa siendo la potencia administradora, al ser el Sáhara un Territorio No Autónomo, pendiente de descolonización, pero para vergüenza de todos no ha hecho absolutamente nada, abandonando sus obligaciones sobre el territorio y la población saharaui.
A pesar de la ocupación, Marruecos no tiene ningún tipo de soberanía legal, y actúa como una potencia ocupante ‘de facto’, según el derecho internacional, reprimiendo a sus habitantes aborígenes y lucrándose de la explotación de sus riquezas naturales.
“La legalidad internacional es muy clara y el derecho a la Soberanía Permanente sobre los Recursos Naturales para los Pueblos Indígenas, así como el derecho del pueblo saharaui para gestionar y explotar sus recursos han sido afirmados en varias resoluciones de la Asamblea General de la ONU”, manifestó Crespo, señalando entre otras la 1803, de 14/12/1962, que dice que este derecho se aplica al Territorio Ocupado del Sáhara y debe ser respetado por Marruecos y Terceros. Y la resolución 63/102, de diciembre de 2008 sobre el derecho del pueblo saharaui para gestionar y explotar sus recursos como Territorio No Autónomo y donde se reafirma que toda actividad económica o de otro tipo que afecte negativamente a los intereses de los pueblos de los Territorios No Autónomos y al ejercicio de su derecho a la libre determinación, reconocido en la Carta y en la Resolución 1514, es contraria a los propósitos y principios enunciados en la Carta.
Los principios de este derecho están incluidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, que dicen en su primer artículo, común a los dos, que “todos los pueblos (y no solo los Estados) pueden, para sus propios fines, disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales…”.
A pesar de ello, Marruecos junto a terceros países saquean los recursos del pueblo saharaui, como ocurre con la explotación de fosfatos, la esquilmación de los bancos de pesca, la construcción de miles de metros cuadrados de invernaderos, la extracción y venta de arena saharaui, la explotación del turismo, la exploración de potenciales pozos de petróleo y gas natural o la instalación de plantas de energía alternativa.
No debemos olvidar que en la explotación de los recursos naturales del Sáhara Occidental no está solo Marruecos, aunque sea la más beneficiada (instalando a sus colonos y desplazando a la población indígena), ya que también participan terceros países, muchos de ellos de la Unión Europea, como España y Francia.
Crespo manifestó que según el Derecho Internacional Humanitario y las leyes de ocupación, como las regulaciones de la tierra de la IV Convención de la Haya, IV Convención de Ginebra y el Primer Protocolo Adicional, prohíben a las fuerzas ocupantes disponer o beneficiarse de los recursos que se encuentran en las tierras ocupadas, por lo que el saqueo en los territorios ocupados podría considerarse un posible crimen de guerra.
En este sentido, Crespo manifestó su experiencia durante su visita a las ciudades de El Aaiún, Bojador y Dakhla, donde vivió la opresiva presencia policial y militar sobre la población. Pudo comprobar la riqueza de sus recursos naturales y de su depredación por parte de la fuerza de ocupación, terceros países y sus empresas. Igual que comprobó durante su visita a los campamentos argelinos las condiciones de vida de los saharauis refugiados mientras se esquilman sus recursos naturales.
Por ello, exigió “el papel que deben jugar los Estados y las Naciones Unidas, para poner fin a las vulneraciones de los derechos del pueblo saharaui, como el derecho al acceso y explotación de sus recursos pero que se debe extender a la violación de derechos políticos, sociales, económicos y culturales por parte de Marruecos”.
Para finalizar, Crespo citó parte del preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, para que se cumplan las resoluciones de la ONU y las sentencias de los Tribunales Internacionales: “Es esencial que los Derechos Humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”.






