Se establecen controles para impedir la salida de Madrid durante el puente del 12 de octubre con la aplicación del estado de alarma que da cobertura legal a las restricciones que se estaban aplicando, como exigía el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La sesión extraordinaria del Consejo de Ministros lo ha decidido después de no conseguir un acuerdo con el gobierno de la Comunidad de Madrid y considerando que resulta imprescindible la intervención para detener la transmisión comunitaria que amenaza con desbordar a los servicios de atención sanitaria.
Se restablecen las restricciones para los municipios de más de 100.000 habitantes con la mayor incidencia de los contagios. No se puede entrar o salir salvo por razones laborales, educativas, sanitarias, administrativas o de causa mayor. No puede haber más de seis personas en las reuniones públicas o privadas. El aforo de los locales comerciales o de servicios gastronómicos no puede superar el 50%, con horarios de cierre a las 22h y las 23h, respectivamente. En los bares no puede haber atención en la barra y el máximo en las mesas será de seis personas.







