El 30 de abril de 1977, España firma y ratifica el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por pura coherencia y por el compromiso contraído con la comunidad internacional, el pacto imponía obligaciones que era necesario respetar al aprobar la Amnistía del 15 de octubre de 1977. Por imperativo de dicho pacto, no se podían amnistiar los delitos de lesa humanidad, genocidio y tortura.
Los relatores especiales encargados de velar por el cumplimiento del pacto internacional recomendaron en 2014 y 2020, con el aval de la ONU, la derogación de la Ley de Amnistía.
La enmienda a la ley de memoria democrática propuesta por el PSOE y Unidas Podemos encaja perfectamente con los compromisos internacionales contraídos por España.
La creación de una fiscalía especial obliga a la apertura de una investigación cuando se trate de los delitos mencionados.
A la vista de los precedentes de aplicación de la ley de memoria histórica del 26 de diciembre de 2007, parece que va a haber una resistencia a tramitar dichos procedimientos si tenemos en cuenta los antecedentes de los juzgados, la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.
Una vez más tendrá que ser el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que restaure la legalidad.
Comisión Internacional de Juristas / Público