Tres semanas retribuidas más para cada progenitor tras la ampliación de los permisos por nacimiento y cuidados aprobados por el Gobierno

La Seguridad Social asume el coste del nuevo permiso de ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de menor que pasa de las 16 hasta ahora a las 19 semanas tras la modificación del pasado 29 de julio
Bebe. Permiso por nacimiento o cuidados
Fuente: Freepik

En el último Consejo de Ministros de este curso político del pasado 29 de julio el Gobierno aprobó, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública, el Real Decreto-ley por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado.

Con esta ampliación, se completa íntegramente la transposición de la Directiva de la Unión Europea 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Se trata de avanzar en la legislación española para que las personas trabajadoras puedan disponer de su derecho a ejercer los cuidados, «un paso más —dicen desde el Ministerio de Trabajo— hacia una sociedad más corresponsable».

El permiso por nacimiento y cuidados se incrementa en tres semanas, de las 16 actuales hasta las 19 para cada progenitor e intransferibles. Se trata de un permiso parental retribuido que el Gobierno se compromete a extender en esta legislatura hasta las 20 semanas de duración. La ampliación a 19 semanas «supera la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo OIT y permite que nuestro país se alinee con los estados europeos con permisos de maternidad más largos y flexibles», explican desde Trabajo.

La Seguridad Social asume el coste del nuevo permiso de ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, y «la percepción del cien por cien de la base reguladora —explican desde el Ministerio que dirige Yolanda Díaz— es de gran relevancia para la promoción del reparto de responsabilidades», y como señalan desde el Ministerio, en comparación con otros países, el acogimiento masculino al permiso de nacimiento es muy alto en España.

Los tiempos y distribución de los permisos se establecen de la siguiente manera:

—A cada progenitor le corresponden 19 semanas. Las 6 primeras son obligatorias tras el nacimiento, ininterrumpidas y a jornada completa.

—La madre biológica podrá anticipar la suspensión 4 semanas antes del parto.

—Después de las 6 semanas obligatorias, 11 semanas se distribuirán en semanas o de forma continuada hasta el primer año de vida, y podrán ser en jornadas completas o parciales, previo acuerdo con la empresa. Las 2 semanas restantes, hasta completar las 19, se podrán disfrutar hasta que el menor cumpla los 8 años y serán de aplicación a los nacimientos y adopciones producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

—En el caso de las familias con un solo progenitor, normalmente monomarentales, el permiso será de 32 semanas, 28 se disfrutarán en el primer año de vida del bebé y las 4 restantes hasta que cumpla 8 años.

—En parto prematuro u hospitalización el permiso puede empezar tras el alta. Se excluyen las seis semanas obligatorias. En partos prematuros con falta de peso u hospitalización durante más de siete días, la suspensión del contrato comenzará tras el alta, con un máximo de trece semanas.

—Si el bebé fallece, no se reducirá el periodo de suspensión salvo que se pida la reincorporación tras las semanas obligatorias.

—El permiso se ampliará en dos semanas cuando el o la bebe nazca con una discapacidad o en el caso de partos múltiples.

—Si existe riesgo en el embarazo y/o lactancia, se tendrá derecho a la suspensión del contrato durante ese tiempo, solo interrumpida por las semanas del parto.

Esta ampliación de los permisos por nacimiento se suman a otros permisos para cuidados que ya estaban en vigor y que no se modifican, como el caso de los permisos de lactancia o las ocho semanas, estas sin sueldo, pero que CC.OO. por ejemplo viene exigiendo que se remunere de forma inmediata y completa, que se pueden pedir hasta que el menor cumpla los ocho años, y que tampoco se modifican en este decreto-ley.

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