El Defensor del Pueblo ha recordado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que debe resolver las demoras en la concesión de citas en las diferentes oficinas de la Seguridad Social, así como la falta de disponibilidad de citas presenciales, según ha informado esta institución en un comunicado.
Esta recomendación la hace el órgano encargado de velar por los derechos con el fin de que, desde este Ministerio, “se superen las deficiencias apreciadas en los servicios de atención a la ciudadanía, situación que se aleja mucho de la necesaria prestación de un servicio público efectivo y de calidad, incompatible con el derecho de buena Administración“.
Desde esta institución recuerdan, que ya dirigió una recomendación al respecto al secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones el pasado 19 de agosto para trasladarle las deficiencias detectadas en el servicio de citas y atención presencial, y ahora la eleva al ministro, José Luis Escrivá, para que «se superen las deficiencias apreciadas en los servicios de atención a la ciudadanía».
Las medidas tomadas para solucionar el problema han sido escasas y es por ello que desde la institución consideran que no han resuelto la situación, “no resultan suficientes en orden a recibir una atención eficaz y eficiente que permita gestionar de forma directa las necesidades ciudadanas, en especial las del colectivo afectado por la brecha digital y en situación de vulnerabilidad para los que la atención presencial constituye una necesidad preferente”, se puede leer en el comunicado difundido por el Defensor del Pueblo.
El origen de las quejas
Las quejas recibidas por el Defensor del Pueblo reflejan las dificultades ciudadanas para obtener cita previa en cualquier provincia y conseguir atención alternativa a la comunicación telemática que ofrece la Seguridad Social. También denuncian que se ven obligados a realizar múltiples llamadas telefónicas para tratar de conseguir cita previa o tienen que recurrir a internet, sin resultado positivo.
Al respecto, la institución alerta de que supone «un incumplimiento objetivo y directo» de la obligación recogida en el artículo 103.1 de la Constitución, que establece que la Administración debe servir con objetividad a los intereses generales y actuar de acuerdo con el principio de eficacia en el desempeño de su labor. Por lo que desde la institución consideran que la situación en la Seguridad Social «se aleja mucho de la necesaria prestación de un servicio público efectivo y de calidad, incompatible con el derecho de buena Administración».







