Este tratado significa una ruptura con el constitucionalismo social de Europa tras la derrota del nazismo y la emergencia con fuerza de la clase trabajadora que cambia las constituciones, que pasan de ser liberales a ser sociales. En el caso español habla de Estado Social y Democrático de Derecho. A partir de Maastricht asistimos al cambio de las constituciones nacionales desde los presupuestos materiales de los tratados de la UE hacia una idea central: el predominio del mercado, el mercado como el mejor mecanismo de garantizar la democracia. Es la centralidad del mercado.
A este concepto se opuso la cuestión de la ciudadanía relacionada con las migraciones y derecho de asilo, derechos sociales, género y juventud. Este tratado abre una escisión porque la idea de ciudadanía se asocia a nacionalidad, y para ser Europeo hay que ser miembro de uno de los estados que componen la UE y así deja a más de 20 millones de personas sin tener derechos políticos y sociales plenos.
En los derechos sociales concluimos que son reconocidos, pero de forma débil y ambigua, sin garantías reales en su aplicación. Excluye explícitamente, por ejemplo, la armonización de derechos sociales, laborales y fiscales en el conjunto de Europa. Y para su modificación se exige unanimidad de todos los estados y no una mayoría. Eso significa el blindaje de los derechos sociales subordinados a la lógica del capital financiero. Y se habla del derecho a trabajar y no el derecho al trabajo, además de olvidarse del objetivo del pleno empleo por ‘altos niveles de empleo’. Cabe preguntarse por qué la CES está de acuerdo con esta Constitución. Por eso, debemos situar como punto esencial la existencia de un código de derechos básicos de los trabajadores a nivel europeo.
La relación género-ciudadanía demuestra cómo un lenguaje suave esconde realidades sociales graves. Se dice que esta Constitución es la panacea para la igualdad entre hombres y mujeres, cuando en realidad la precariedad, desempleo, desigualdades sociales y la violencia de género afectan mayoritariamente a las mujeres.
Con este texto las mujeres no son dueñas de su sexualidad, de su productividad, de su cuerpo, de sus derechos, ahondando en la división sexual del trabajo. Cuando se plantea la retirada del Estado o la mercantilización de los servicios públicos tiene consecuencias para ese ‘trabajo invisible’ de la mujer, esas tareas de cuidado que realiza casi en exclusividad la mujer.
Por tanto, esta Constitución no sólo no aportada nada, sino que es la demostración de un retroceso en los derechos sociales y laborales.
* Responsable del Movimiento Antiglobalización del PCE y relator del panel ‘Los derechos sociales de ciudadanía después del Tratado’