Protección para las pequeñas empresas artesanales en las nuevas regulaciones sobre la higiene en la producción y comercialización de los alimentos

Iniciativa de los ministerios de Consumo y de Agricultura, Pesca y Alimentación
Foto: Joaquín Terán / UPA

El Real Decreto sobre la higiene en la producción y comercialización de los productos alimenticios, aprobado el 9 de diciembre por el Consejo de Ministros, armoniza la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea y responde a una demanda histórica: la protección de las pequeñas producciones familiares, tradicionales y artesanas, características de nuestras señas de identidad culturales.

Por iniciativa de los ministerios de Consumo y de Agricultura, Pesca y Alimentación, el gobierno se propone facilitar el abastecimiento de proximidad, los canales cortos de comercialización y el consumo bien informado, garantizando la seguridad alimentaria, la alimentación saludable y el futuro de una producción sostenible.

La información detallada para la adecuación de las explotaciones agroalimentarias se difundirá a través de las guías que va a elaborar la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), integrada en el Ministerio de Consumo.

Las nuevas medidas van a simplificar los requisitos para las pequeñas empresas alimentarias, contribuyendo a incrementar su rentabilidad con tres condiciones: el impacto positivo en las políticas medioambientales, los altos niveles de seguridad alimentaria y la mejora de la calidad nutricional de los alimentos producidos.

Se considera que apoyar la viabilidad de las pequeñas empresas familiares, con producción tradicional y artesanal, facilita el mantenimiento de la población en los territorios y el acceso de los consumidores a productos frescos de proximidad.

Son muchas las regulaciones que se establecen para la correcta aplicación de los reglamentos comunitarios sobre la higiene en la producción y comercialización de los productos alimenticios. Entre ellas se pueden mencionar la flexibilización en instalaciones e infraestructuras para los establecimientos de producción artesanal en beneficio de su rentabilidad, las garantías en la higiene para el consumo de proximidad mediante canales cortos de comercialización (como en la venta directa de leche fresca), el establecimiento de pequeños mataderos que den servicio a los ganaderos que llevan la carne a los mercados locales, las mejores condiciones para los pequeños productores primarios que comercialicen directamente y los criterios homogéneos para los requisitos que se debe exigir a los establecimientos de comidas preparadas para hospitales, residencias de mayores y comedores escolares.

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