De los tres poderes del Estado de Derecho, el Poder Judicial no es jerárquicamente el primero, es decir, no está por encima del Ejecutivo y Legislativo.

La soberanía reside en el pueblo, del que emanan todos los poderes del Estado. Y el poder que emana directamente de la voluntad popular es el Parlamento, el Legislativo. De su seno sale el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. El gobierno tiene el aval del Parlamento, siendo este último el que lo inviste y lo tumba cuando le retira la confianza.

El Poder Ejecutivo tiene la potestad, de acuerdo con la Constitución, de conceder indultos a personas condenadas por tribunales de justicia.

¿Cómo es posible que el Tribunal Supremo despoje del acta al diputado Alberto Rodríguez?

Con una condena de 400 euros y el no ejercicio del sufragio pasivo durante 4 meses. En una legislatura que teóricamente dura cuatro años, es una desproporción descomunal como dicen Juezas y Jueces para la Democracia. Y miran para otro lado cuando el rey emérito Juan Carlos I ha acumulado una fortuna con maletines llenos de dólares, cobrados como Jefe del Estado, como un vulgar comisionista. Además, ocultándolos de la Hacienda pública para no pagar impuestos y, una vez descubierto, ha sido obligado hacer declaraciones paralelas multimillonarias.

La Casa Real de España, el rey emérito, tiene el dinero obtenido de forma criminal en paraísos fiscales. En cuentas a nombre de fundaciones y testaferros, de sus amantes, de las que se han venido beneficiando otros miembros de la Casa Real española.

Los paraísos fiscales son escondrijos de dinero negro y criminal, donde se oculta el dinero del crimen organizado, tráfico de drogas, prostitución y todo tipo de piratas y malhechores.

Juan Carlos I huye del país para refugiarse en Emiratos Árabes Unidos, cuyo sistema político se parece a una democracia lo que un huevo a una castaña.

La Fiscalía del Estado no ve motivo para abrir una investigación judicial, lo que constituye una auténtica vergüenza.

Veamos, ahora, los personajes que dirigen las dos instancias que están en la cúspide del poder judicial:

• Carlos Lesmes, presidente del CGPJ. Caducado desde hace más de dos años.
Lesmes sigue atrincherado, desacreditando a la institución del poder judicial. Lesmes es pieza imprescindible para la estrategia de bloqueo del PP. Lejos de dimitir se agarra al sillón como una lapa y pone el cazo para recibir uno de los salarios más altos del Estado.
• Manuel Marchena, presidente del Tribunal Supremo. Que ha metido sus manos en todos los asuntos para favorecer al PP.

El catedrático Derecho Constitucional Javier Pérez Royo ha calificado de “salvajada jurídica” la sentencia del Tribunal Supremo para arrebatarle el acta al diputado de Podemos. No cabe aplicar la pérdida del escaño en base a un sólido argumento, amparado por el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y el 44 del Código Penal. En los que figura que la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo se contempla solamente en determinados delitos, como los de terrorismo y rebelión. Entre estos delitos no se incluye el atentado contra agentes de la autoridad por el que ha sido condenado Rodríguez.

Además no concurre otro requisito fundamental para arrebatarle el escaño al diputado canario y es que no existe pena de cárcel en este caso. ¿Cómo es posible que se haya perseguido judicialmente a Alberto Rodríguez? Se le ha privado del derecho a continuar en el escaño, al tiempo que se priva a cerca de 70.000 electores de las Islas Canarias de tener un representante elegido por el pueblo del que emanan, no lo olvidemos, todos los poderes del Estado.

La ley, como diría Martín Fierro, “es tela de araña y en mi ignorancia lo explico: no la tema el hombre rico, nunca la tema el que mande, pues la rompe el bicho grande y solo enreda a los chicos”.

Ante la “ley”, el bicho grande es Juan Carlos I y el chico en este caso el diputado de Podemos Alberto Rodríguez.

(*) Presidente de Honor del PCA, ex parlamentario de IU y Coordinador de la Red de Municipios por la III República

(*)