Las multas podrían superar los 100.000 euros

Consumo envía advertencias de sanción a influencers por publicidad encubierta

Ha detectado que el 77% de las publicaciones revisadas en redes sociales incumplen la obligación de identificar los anuncios

El Ministerio de Consumo ha llevado a cabo una investigación en las principales plataformas de redes sociales para identificar posibles casos de publicidad encubierta por parte de influencers y, como fruto de la misma, ha enviado advertencias de sanción a grandes comunicadores al comprobar que han difundido mensajes publicitarios sin el aviso correspondiente de que se trata de anuncios por los que reciben algún tipo de contraprestación. 

La Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador (SGIPS) de la Dirección General de Consumo, a través del Observatorio de Internet, ha sido la encargada de realizar un barrido masivo por canales de vídeo online, ya que, en la actualidad, la actividad comercial llevada a cabo por este tipo de perfiles públicos de especial relevancia todavía no cuenta en España con una regulación específica en vigor. Por tanto, las autoridades de Consumo son las competentes para su vigilancia siempre que puedan verse afectados los intereses de las personas consumidoras.

Como resultado preliminar de este barrido en las plataformas, la SGIPS ha detectado un promedio de incumplimiento de la obligación de identificar las publicaciones con contenido publicitario del 77,75%. Ante ello, Consumo se ha puesto en contacto con los perfiles públicos potencialmente infractores y les ha instado a cesar en su comportamiento, facilitándoles además el Código de Conducta sobre el uso de Influencers en la Publicidad. El objetivo es que puedan conocer un catálogo de buenas prácticas en el sector, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar expedientes sancionadores en su caso.

Los perfiles públicos que han recibido la notificación de Consumo tienen un especial impacto sobre las personas consumidoras (por número de seguidores y visualizaciones de sus publicaciones) y, en especial, sobre la infancia, el sector más vulnerable ante las comunicaciones comerciales. Entre los notificados, hay influencers con más de diez millones de seguidores y responsables y/o tutores de kids influencers, es decir, los creadores de contenido menores de edad. 

Según la Ley de Competencia Desleal, se consideran prácticas comerciales desleales aquellas que incluyen, como información, comunicaciones que realmente son para promocionar un bien o servicio y en las que el empresario o profesional de la promoción abona un pago y, sin embargo, no queda claramente especificado que se trate de un contenido publicitario, ya sea por imágenes o sonidos identificables.

En estos casos, los influencers pueden ser considerados como sujetos infractores, independientemente de que también lo sea la empresa anunciante, por su participación en este tipo de comunicaciones comerciales encubiertas. Las multascomo informa el Ministerio en su webpodrían superar los 100.000 euros.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.