El Juzgado de lo Penal nº 31 de Madrid ha absuelto tanto al periodista José Manuel Manzaneda como a la asociación Euskadi-Cuba de los tres delitos de los que venían siendo acusados por el presidente de la organización anticastrista Prisioners Defenders, Javier Larrondo, y para los que pedía 6 años de prisión para cada uno de los acusados, condenándola además al pago de una parte de las costas por su temeridad y mala fe al mantener la acusación contra la asociación.

El 5 de octubre de 2020 el periodista José Manuel Manzaneda publicó un artículo titulado “Crear una crisis sanitaria en Cuba, objetivo de la guerra contra su cooperación médica” en el medio http://www.cubainformacion.tv en el que criticaba la posición del presidente de la Asociación anticastrista en relación a la cooperación médica que el Gobierno cubano lleva a cabo en varios países del mundo, considerando que el mismo, al igual que Donald Trump, debía ser tratado como un “criminal de guerra”, además de desvelar que es «miembro de una de las familias de la burguesía cubana amparada por la dictadura de Fulgencio Batista».

La sentencia, además de señalar que en el artículo no se dan los requisitos exigidos legal y jurisprudencialmente para considerarlo calumnioso o que incitase al odio, concluye que la calificación de “criminal de guerra” no es injuriosa, pudiendo ser considerada “una hipérbole periodística” si se analiza “con el resto del contenido del artículo”. La sentencia considera que el periodista pudo actuar, más que con una motivación ofensiva, con una “intención de crítica, recriminación o censura política, que encuentra acomodo dentro de los límites de la libertad de expresión”.

La sentencia condena al pago de parte de las costas al representante anticastrista al considerar que “es apreciable temeridad en la parte acusadora cuando dirigió su acusación contra la Asociación Euskadi-Cuba” por los delitos de injurias y calumnias, pues una persona jurídica no puede legalmente cometer tales delitos.

El abogado de la defensa, Endika Zulueta, ha expresado en un comunicado su satisfacción por un fallo que «destapa las torticeras intenciones del señor Larrondo al utilizar la acción penal como medio de ataque a un rival ideológico en relación a la cooperación médica cubana, solicitando para ello altas penas de prisión por un simple artículo periodístico».

«El señor Larrondo, desde su asociación, denuncia constantemente que el gobierno cubano tiene presos en sus cárceles por simples opiniones políticas… mientras él ha pretendido que España actúe cual dictadura, y condene a dos personas a prisión por el mero hecho de escribir un articulo de opinión», añade la defensa.