El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar presentó el pasado 23 de julio una proposición no de ley para acabar con la discriminación de las personas viudas de parejas de hecho, para que sea debatida en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados.
En la exposición de motivos del escrito que presentan, Sumar señala la existencia de discriminación normativa en la regulación española de las pensiones de viudedad y en particular en el trato desigual que reciben las parejas de hecho frente a los matrimonios tradicionales.
En 2019, según refleja el escrito, la Comisión de Peticiones del parlamento Europeo reclamó a España que acabase con la discriminación legal que sufrían las viudas y viudos de parejas de hecho y en la reforma de las pensiones que acordó la Comisión del Pacto de Toledo se incluyó entre las recomendaciones finales una sobre la pensión de viudedad para que suprimiera la discriminación sobre los beneficiarios por el hecho de no haber establecido una unión matrimonial.
La ley 21/2021 de 28 de diciembre orientada a garantizar el poder adquisitivo de las pensiones y reforzar las sostenibilidad del sistema público suprimió los requisitos económicos que penalizaban a las parejas de hecho en el acceso a la pensión de viudedad, y aunque la norma determina que la pensión de viudedad de las parejas de hecho es compatible con las rentas del trabajo, sigue manteniendo que es incompatible con otra pensión contributiva, lo que significa que cuando se solicita otra prestación contributiva como la de jubilación, la Seguridad Social las considera incompatibles. La ley supuso una mejora para la viudas y viudos de parejas de hecho mientras están en activo, pero no así cuando se jubilan.
La incompatibilidad no se aplica a los matrimonios ni a las parejas de hecho cuyo hecho causante lo sea a partir del 1 de enero de 2022. En estos casos, ambas pensiones (viudedad y jubilación) son plenamente compatibles, pero no lo son en el caso de las personas que perdieron a su pareja antes de esa fecha de corte, que ven restringido su derecho.
El Grupo Plurinacional Sumar considera que los principios básicos de igualdad y no discriminación recogidos en la Constitución Española se ven vulnerados y que no puede justificarse que el acceso a un derecho como el de una pensión dependa del estado civil o la fecha en que se produjo un fallecimiento, es por ello que a través de la proposición no de ley que presentan al Congreso de los Diputados, este inste al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para las pensiones de viudedad de personas cónyuges de parejas de hecho sean compatibles con cualesquiera otras pensiones en términos idénticos a los matrimonios, sea cual sea la fecha del hecho causante.







