Si el PCE, que no ha sido informado del acuerdo, y su proceso (tampoco la dirección de IU) guarda silencio en este momento, la denominada «Ley de la Memoria Histórica» se convertiría, injustamente, en una Ley de punto final. Y sus contenidos no justifican este silencio. Se trata, más que nada, de una amplia «Exposición de motivos», cuyos artículos, empezando por el referido a los juicios del franquismo, nunca aterrizan, o si lo hacen, lo hacen en plan timorato y absolutamente insuficiente, como en el caso del Valle de los Caídos (Franco seguirá allí en su tumba monumental y todo, más o menos, seguirá igual), o de la no asunción por parte del gobierno de responsabilidades directamente verificables: al no participar ni el Ministerio de Justicia ni el Fiscal General, cualquier proceso de anulación, con raquítica garantía de éxito, se convertiría en una auténtico calvario para particulares y familias. Al par se recupera la filosofía de equidistancia (todos hicieron barbaridades ) a través de las enmiendas de CIU; y la condena al franquismo se hace a través de referencia y no como declaración propia.
El último acuerdo entre PSOE e IU no cambia sustancialmente la ley, que en sus términos actuales corre el riesgo de convertirse en una especie de amnistía general encubierta. En este sentido, la simple declaración de «ilegitimidad» de las sentencias no es suficiente, ya que no tendría efectos jurídicos y la situación general no cambiaría en lo fundamental, incluso aunque se hubiera acordado una referencia en la «Exposición de Motivos», que no es jurídicamente vinculante.
El PCE cree indispensable para poder apoyar el proyecto de ley que se declaren nulos todos los juicios franquistas por motivaciones políticas, ideológicas o sociales. Es preciso aclarar que las sentencias citadas tienen efectos de cosa juzgada y que, en ese sentido, sus pronunciamientos se proyectan con plena vigencia.
Hasta el momento los juicios franquistas aparecen «blindados», ya que existe una nula viabilidad procesal, dado que los recursos judiciales correspondientes chocan con el rigor formalista del recurso de revisión ante la Sala de lo Militar del Tribunal de lo Supremo, órgano inicialmente competente.
La salida realmente aceptable es la nulidad de todas las sentencias producidas en el seno de un régimen ilegal que tiene su origen en una sublevación contra un gobierno legítimo, como así fue reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la sesión del 12 de diciembre de 1946 y en otras similares. La nulidad de los juicios establecería un enlace indispensable con la legalidad democrática de 1931, restituyendo un hilo democrático e institucional que dejaría en un paréntesis ilegal y antidemocrático a la etapa de la dictadura franquista. Por tanto, la seguridad jurídica radicaría en esta anulación de las sentencias y, por consecuencia, en la anulación de las consecuencias jurídicas de dicha etapa.
Algunas organizaciones, sobre la base de que la ley no se convierta en una amnistía general, han hecho llegar al Gobierno y a los grupos parlamentarios una serie de enmiendas. En defensa del derecho a la justicia abogan por el establecimiento de un recurso extraordinario para la obtención de la nulidad de las condenas.
De este modo, la Fiscalía o un órgano temporal creado al efecto tramitarían ante el Tribunal Supremo, bien de oficio o a solicitud de parte, la anulación de las sentencias, cuyo trámite no se convertiría en un calvario jurídico para los particulares, con pocas posibilidades de éxito con la actual redacción de la ley.
En suma, el PCE pide a IU que no suscriba este acuerdo, ya que si tanto CIU, PNV y el Grupo Mixto pueden sacarla adelante con el PSOE, no deberá ser con el voto de IU porque es una «Ley» timorata, ambigua, injusta e insuficiente. Es una Ley profundamente acomplejada por la presión de la derecha vociferante.






