Este pasado miércoles, 16 de septiembre, el pleno del Congreso de los Diputados tumbó el RDL 21/2026, de 25 de agosto, para regular por primera vez a escala estatal la actividad de los grupos de interés o lobbies, al obtener 155 votos a favor frente a 179 en contra y 12 abstenciones. La norma pretendía regular las relaciones entre los grupos que tratan de influir en las decisiones públicas y los titulares de puestos públicos susceptibles de recibir esa influencia.
El texto, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 25 de agosto y en vigor desde el 27 de agosto, establecía un registro estatal público y obligatorio de grupos de interés, la publicación de las reuniones y comunicaciones mantenidas con responsables públicos y una denominada “huella normativa”, destinada a identificar las aportaciones de estos grupos en la elaboración de leyes y reglamentos. También establecía obligaciones y sanciones para quienes incumplieran las reglas.
Curiosamente, el gobierno decidió aprobar en Consejo de Ministros este RDL mientras en el Congreso sigue viva (aunque atascada desde noviembre de 2025). El motivo aducido para utilizar un RDL fue el cumplimiento del hito 432 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que vencía el pasado 31 de agosto, pero también con las obligaciones y compromisos europeos, alineándolo con los estándares promovidos por la Unión Europea, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa. Su aprobación también respeta el compromiso reflejado en el V Plan de Gobierno Abierto 2025-2029.
El rechazo a este real decreto ley implica no solo el incumplimiento de todos estos compromisos sino también una regulación que redunda en la transparencia y en la lucha contra la corrupción en la AGE.
La creación de un registro de grupos de presión en el Consejo de Transparencia, autoridad administrativa independiente, la obligación de publicar la documentación y las reuniones mantenidas por altos cargos y esos grupos, la obligación de incorporar un informe de huella normativa responde a la necesidad de saber quién influye realmente en la actividad del gobierno y la Administración General del Estado. Si un secretario o secretaria de Estado se reúne con un grupo de presión y recibe propuestas e informes que luego se van a ver reflejados en normas, con este RDL podríamos saber de qué han hablado, qué documentación ha entregado y si realmente se refleja en las normas aprobadas. Nuestras aportaciones en la tramitación en el Congreso que fueron plasmadas en el RDL, consistieron en aumentar el control y el régimen sancionador de los grupos de interés pudiendo ser excluidos hasta 5 años del registro, impidiendo su actividad, el aumento de las sanciones pecuniarias previstas en el texto inicial, disminuir plazos de actualización de registro y documentación y sobre todo, que la gestión del registro de grupos de interés correspondiera a una autoridad administrativa independiente (en este caso el Consejo de Transparencia) en lugar de un organismo dependiente del gobierno como la OCI (oficina de conflicto de intereses).
Apoyo crítico de IU
El miércoles, nuestro grupo apoyó la convalidación del RDL 21/2026 pero críticamente, no sólo por la forma sino por una omisión que ha generado una gran polémica: la ausencia de los sindicatos en las exclusiones de la consideración de grupos de interés mientras sí aparecen excluidos los colegios profesionales o los partidos políticos. No es comprensible que en el RDL no aparezcan excluidos los sindicatos cuando tanto en el texto inicial del proyecto de ley como en las transaccionales firmadas por los grupos parlamentarios sí aparecían excluidos como grupos de interés.
Ahora existen dos soluciones posibles: culminar la tramitación en el Congreso de la ley actualmente parada o que el Consejo de Ministros apruebe un nuevo Decreto Ley que permita que la lucha contra la corrupción en nuestro país disponga de herramientas suficientes.







