Impulso al sector de la automoción
1.Impulso de los sectores industriales vinculados la producción de vehículos a partir de:
a) Establecer ayudas directas a la adquisición de vehículos que fomenten la eficiencia energética y la calidad ambiental, para contribuir a reactivar la demanda en colaboración con el sector del automóvil y, en su caso, con las Comunidades Autónomas que quieran participar. Igualmente, se promoverá un acuerdo con el subsector de las motocicletas y ciclomotores, con el objetivo de establecer un sistema similar de ayudas a la compra al previsto para los vehículos.
b) Impulsar la demanda de vehículos eléctricos y ecológicos, y favorecer su industrialización en España, a través del establecimiento de acciones concretas para atraer inversiones en este ámbito.
Políticas de fomento a la innovación
2. Incrementar la eficiencia y coordinación en políticas de fomento a la innovación a partir de los siguientes criterios:
a. Mantener los incentivos fiscales existentes por gastos en procesos de I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades más allá del año 2011, tal y como establece el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.
b. Establecer mecanismos que permitan cofinanciar proyectos empresariales colaborativos de I+D+i con la participación de la administración estatal y autonómica mediante convenios bilaterales, que amplíen, especialmente, los incentivos a proyectos de menor dimensión que faciliten el concurso de las PYMES.
c. Aumentar la dotación de los fondos destinados a la dinamización de las Agrupaciones de Empresas Innovadoras (AEI) en los Presupuestos Generales del Estado del año 2010 y aumentar la colaboración con las Administraciones Autonómicas, habiéndose demostrado como un instrumento útil para el fomento de acciones cooperativas.
Reforma Ley Concursal
3. Impulsar antes de finalizar el año 2009, de manera consensuada con los agentes sociales y el conjunto de formaciones políticas con representación en las Cortes Generales, una reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, con la finalidad de adecuar de manera integral la normativa relativa a este ámbito al actual contexto de crisis económica.
Medidas de ayuda a los agricultores
4. Analizar de forma objetiva si algún sector o territorio haya podido quedar fuera de las reducciones excepcionales en los módulos del IRPF para compensar las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por condiciones climatológicas adversas contemplados en la Orden EHA/1039/2009, de 29 de abril (BOE 1 de mayo de 2009).
Medidas destinadas a favorecer la liquidez de las pequeñas y medianas empresas
5. Proponer con la máxima urgencia las medidas oportunas con objeto de facilitar, transitoriamente para los ejercicios 2009-2010, el aplazamiento de las obligaciones tributarias a ingresar por los contribuyentes en función de la morosidad que esté sufriendo el sujeto pasivo en sus operaciones comerciales, en los términos previstos en el ordenamiento tributario.
6. Reforzar los mecanismos de buenas prácticas inter partes que permitan una reducción de los plazos de pago, a través de la promoción de Códigos de conducta intersectorial y sistemas de arbitraje ante litigios. Desarrollar mecanismos de coordinación administrativa para evaluar, reforzar y mejorar los sistemas de control y de inspección ante incumplimientos.
7. Solicitar al Gobierno de la Nación que elabore un informe intersectorial de evaluación sobre el cumplimiento legal de los plazos de pago, sus distorsiones y mecanismos de mejora.
Modificación del marco normativo financiero
8. Asegurar que ante eventuales medidas de reestructuración del sistema financiero se respetará la actual naturaleza y régimen jurídico esencial de las cajas de ahorro.
Lucha contra el fraude fiscal
9. Continuar haciendo efectivas las medidas contempladas en la Moción para la mejora de los resultados de la lucha contra el fraude fiscal, aprobadas por el Pleno del Congreso el pasado 28 de octubre de 2008, y que se debían de desarrollar sobre:
a. La elaboración de un plan de prevención del fraude fiscal en España, en el marco de la metodología que determine la Comisión Europea, que contemple fórmulas de coordinación y colaboración efectiva entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Estado y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas.
b. El desarrollo de manera efectiva y urgente de la disposición adicional cuarta de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, con un incremento significativo de recursos humanos y económicos.