El pasado 23 de junio el pleno del Congreso de los Diputados acordó admitir a trámite la proposición de ley del PNV por la que se modifica la Ley de Secretos Oficiales, ley redactada y aprobada en 1968, en pleno franquismo, y que apenas fue retocada durante la Transición. Solo hace falta leer la propia exposición de motivos de la ley, que habla del “importante juego de control político que se reconoce al Consejo Nacional del Movimiento” para percibir el carácter preconstitucional de la norma. Esta vetusta ley, plagada de elementos antidemocráticos, sin duda alguna debe ser modificada y actualizada para ponerla a la altura los parámetros, también lingüísticos, de un verdadero estado democrático.
La cuestión clave que debe ser reformada es el tiempo que debe transcurrir para que un documento declarado secreto vea la luz pública. La ley actual indica que los documentos que han sido declarados secretos oficiales, calificación que corresponde al Consejo de Ministros, a Embajadores de legaciones diplomáticas españolas y al Jefe del Estado Mayor, se mantendrá, sin límite temporal, hasta su cancelación, levantamiento del secreto que se hace de forma absolutamente arbitraria sin que las autoridades estén obligadas a hacer públicos los documentos por mandato legal alguno, siendo su mera voluntad el único factor que opera para que un documento sea desclasificado y por ende de público conocimiento.
Con este planteamiento jurídico, hoy nos encontramos cómo documentos sobre cuestiones tan remotas en el tiempo como la ‘Organización y despliegue de unidades durante la Guerra Civil’, la connivencia y apoyo del franquismo al “nazismo” alemán, la ‘Repatriación y licenciamiento de las unidades expedicionarias en Ifni y Sáhara (1939-1955)’, las ‘Actividades clandestinas y emisiones de Radio España Independiente (1946-1968)’ o los ‘Planes de contingencia para hacer frente a posibles amenazas para la defensa nacional” durante el franquismo aún sigan teniendo la consideración de secreto. Incluso nos encontramos con que un archivo titulado «Palomas mensajeras 1912-1925?, transcurrido más de 100 años desde entonces, aún sigue siendo secreto, lo que evidencia que la guerra de Marruecos (uso de armas químicas) o los negocios de Alfonso XIII siguen proyectando un poder de censura asumida por las élites pero inasumible en un Estado democrático. Todo este material, a modo de ejemplo, es lo que a día de hoy se sigue negando a los historiadores, al público conocimiento de la ciudadanía.
Y si sobre cuestiones tan alejadas en el tiempo se mantiene el secreto de Estado, qué decir sobre los últimos años del franquismo, la transición, el 23F, el terrorismo de estado, GAL incluido, o los negocios y prebendas de la actual saga monárquica, información que continúa censurada a cal y canto, llegando al absurdo de constatar que España mantiene clasificados como secretos documentos que otros países ya han hecho públicos.
Por ello, esta norma preconstitucional, que choca con los principios de transparencia propios de una sociedad democrática en la que no caben los secretos perpetuos, debe ser reformada esta legislatura de forma urgente. El PNV aboga en su propuesta por que los documentos clasificados como secretos deban ser desclasificados de forma en un plazo de 25 años, prorrogables otros 10, fijando por tanto un plazo máximo inexcusable de 35 años. Teniendo en consideración que es norma en el derecho comparado que los Estados se arroguen la facultad de declarar secretos ciertos documentos (por ejemplo la legislación en Estados Unidos, Gran Bretaña o Alemania establece límites de 30, 50 o 75 años -en función de la sensibilidad del contenido— para desclasificar un documento), la propuesta que hace el partido jeltzale no parece descabellada, aunque en contraposición cabe señalar que las iniciativas legislativas que IU ha registrado en el Congreso en pasadas legislaturas apuestan por un modelo mucho más restrictivo y transparente al apostar por un plazo de desclasificación de 10 años ampliables otros 10 hasta un máximo total de 20 años.
Otra cuestión que sin duda generará debate es la concerniente a qué órganos pueden declarar secretos de Estado, toda vez que la actual regulación faculta al Jefe del Estado Mayor a seguir clasificando documentos, posibilidad que IU siempre ha negado en sus iniciativas y a la que también se suma el PNV en su proposición de ley, toda vez que no parece democrático que la institución castrense pueda detentar la posibilidad de declarar secretos sobre cuestiones que solo el poder político, civil, debe estar legitimado para poder acordar. Estas y otras cuestiones serán las que marquen el debate durante la tramitación parlamentaria, siendo, obviamente, la posición que finalmente tenga el PSOE, a priori timorata, la que marcará la profundidad de esta reforma, por lo que será necesaria la presión e impulso de entidades memorialistas y sociedad civil para alcanzar una ley de calado transformador.
En una época en la que la transparencia se ha convertido en una de las principales demandas ciudadanas, la vigencia de la actual ley de secretos oficiales debe tener los días contados. El fin de los secretos eternos, en esta España tan carente de verdad y conocimiento de su propia memoria, debe ser un paso determinante para alcanzar un estado plenamente democrático, ejemplo de transparencia, rigor histórico y desdén por la cultura de la impunidad.
Jurista Grupo Parlamentario