El Gobierno ha alcanzado un nuevo acuerdo para la reforma del sistema público de pensiones, que se convalidará la próxima semana a través de un Real Decreto. Entre las principales novedades, destaca la ampliación de la jubilación parcial a tres años, frente a los dos años establecidos en la reforma de 2013 impulsada por el Partido Popular. Esta medida, que afecta a todos los sectores productivos, permitirá a los trabajadores acceder a la jubilación parcial a partir de los 62 años, siempre que cumplan con los requisitos de cotización.
Además, se introduce una mayor flexibilidad en la reducción de la jornada laboral durante la jubilación parcial, permitiendo una reducción de hasta el 75% en los dos últimos años y del 33% en el primer año. Esta medida, acordada entre sindicatos y empresas, busca facilitar la transición hacia la jubilación de manera garantista y sencilla.
Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la mejora en las condiciones laborales de los jóvenes que se incorporan como relevistas para cubrir las jornadas de los jubilados parciales. A partir de ahora, será obligatorio que estos relevistas tengan contratos indefinidos y a jornada completa. Asimismo, se garantiza el mantenimiento de estos empleos hasta dos años después de que el jubilado parcial alcance la edad de jubilación ordinaria. En caso de incumplimiento por parte del empresario, este deberá reintegrar la pensión percibida por el jubilado parcial.
En el caso específico de la industria manufacturera, la jubilación parcial se prorroga hasta finales de 2029, lo que proporciona seguridad jurídica a un sector que hasta ahora dependía de prórrogas anuales. Además, se establece un marco de convergencia progresiva con la modalidad general de jubilación parcial, que incluye un compromiso de cotización progresiva por la jornada completa, comenzando en 2025 con un 40% y alcanzando el 80% en 2029.
La reforma también mantiene el incentivo del 4% en la cuantía de la pensión por cada año adicional de demora en la jubilación, y añade un incentivo adicional del 2% para periodos de demora superiores a seis meses e inferiores a un año. Aunque esta medida ha generado cierta controversia, se enfatiza que la decisión de retrasar la jubilación es voluntaria y no implica un retraso generalizado de la edad de jubilación.
Otra novedad importante es la eliminación del requisito de contar con una carrera completa de cotización para acceder a la jubilación activa, lo que permitirá a personas con carreras más cortas, especialmente mujeres, beneficiarse de esta modalidad. Además, se reconoce la compatibilidad de la jubilación activa con los incentivos de demora y se establece un nuevo esquema de garantía de pensión, que parte del 45% y alcanza el 100% tras cinco años de demora.
Finalmente, la reforma recupera el coeficiente multiplicador del 1,5 para los trabajadores fijos-discontinuos, una medida especialmente beneficiosa para este colectivo, mayoritariamente compuesto por mujeres, que garantiza una mejor cobertura de los periodos trabajados.







