Podemos afirmar que este tratado se negoció y firmó “entre gallos y medianoches”. Alfie en Washington a principios de septiembre de 2004 y firmado por Batlle a 5 días de las elecciones nacionales del 30 de octubre. Es de hacer notar que en su momento nos llamó la atención que la Cancillería no tuviera de hecho participación en la negociación y aprobación, sea mediante la habitual intervención de la Dirección de Tratados, o la del propio Ministro Opertti.
Para colmo el saliente Presidente Batlle lo envía al nuevo Parlamento en funciones desde hacía 5 días, el 20 de febrero para su aprobación; lo que no sólo era una broma de mal gusto, sino que en realidad tenía el propósito de arrojar al nuevo gobierno y Parlamento la carga de manifestarse sobre un tratado sobre el cual jamás había sido consultado – siendo la primera fuerza política del país – y ya en el momento de la negociación con grandes posibilidades de conquistar el gobierno días más tarde.
Fue sin duda la última actuación de Batlle como punta de lanza de los intereses estadounidenses en el seno de un MERCOSUR en transformación, y sobre todo luego de la derrota que sufriera el gobierno de Bush en imponer el ALCA en la región.
Vaguedades interesadas
Se trata de un acuerdo de protección de inversiones; no un acuerdo de comercio. Por lo tanto, decir que si no se aprueba rápidamente nos veremos afectados en nuestras ventas de carnes a ese mercado es incorrecto. Hecha esta precisión y entrando en el análisis del texto, nos preocupa en sobremanera la vaguedad y amplitud de la definición de un término fundamental, ya que es el sujeto del tratado: el de inversión. Esta definición es aún más amplia que la que otorgan las leyes de los EE.UU. a todo derecho de propiedad.
Sobre el medio ambiente y derechos laborales, la redacción es muy débil y deja un flanco para una eventual interpretación contraria o en detrimento de ellos por parte de un tribunal internacional en caso de disputas entre las partes firmantes de este tratado. En los art. 12 y 13 se afirma que las partes “procurarán asegurar” que no declinen ni hagan declinar la legislación en temas de medio ambiente o laborales; cuando en realidad debería decir “asegurarán”.
En cuanto a los tribunales de alzada, no se especifica a texto expreso que el inversor antes de poder recurrir a un tribunal ad hoc en un tercer país deberá agotar todas las instancias judiciales del país en el cual radicó la inversión. Es una omisión regresiva en comparación no sólo al Derecho Internacional, sino incluso a las propias normas legales estadounidenses. Pongamos un ejemplo práctico y de actualidad. El Cro. Astori afirma que en los pleitos pendientes con los inversores extranjeros del Banco Comercial sería más beneficioso para el país que se tramitaran en nuestros tribunales. Si estuviera vigente este tratado, del cual él es partidario de su aprobación inmediata sin modificaciones, no sería así y cosecharíamos una nueva derrota y perjuicio económico para el país.
Y llegamos al famoso artículo 17 sobre “denegación de beneficios”. Es un verdadero trabalenguas: “Los Estados Unidos podrán denegar los beneficios de este Tratado a un inversor de otra Parte que sea una empresa de esta Parte y a las inversiones de dicho inversor, si personas de este país que no es Parte son los propietarios o tienen el control de la empresas y los Estados Unidos: a) no mantienen relaciones diplomáticas con el país que no es parte, o b) adoptan o mantienen medidas en relación con el país que no es Parte o con una persona de un país que no sea Parte, que prohiben transacciones con esa empresa o que serían violadas o eludidas si los beneficios del presente Tratado fueran otorgados a esta empresa o a sus inversores”.
Si a esta formulación en cocoliche en lugar de “ese país que no es parte” escribimos “Cuba” la cosa queda muy clara. ¡Es la Ley Helms –Burton!. La misma que Uruguay condenó en la ONU. Mañana podrá ser Venezuela, Libia, Siria o quienes ellos determinen que están en “el eje del mal”. Fueron tan burdos que comienzan el artículo diciendo “Los Estados Unidos podrán…” . Ni siquiera tuvieron el pudor de guardar las apariencias y escribir “Una parte podrá…”. Flecharon la cancha en un solo sentido y listo. Es un tributo de antología a la democracia y al Derecho Internacional…
Y el MERCOSUR…
Hacemos nuestra la preocupación manifestada claramente por Tabaré Vázquez, presidente de Uruguay, en su 5ª conferencia programática “El Uruguay integrado en la región y el mundo” desarrollada en el Salón Azul de la IMM el 4 de octubre, en cuanto a que nuestra fuerza política no había sido consultada sobre los contenidos de este acuerdo que a esa fecha nos eran desconocidos, y que además “Consideramos importante decirlo en este ámbito pues un acuerdo de este tipo, negociado unilateralmente, significa un desconocimiento al MERCOSUR y a la necesidad de encarar estos temas como región”.
Hemos dicho en innumerables ocasiones, y lo reafirmamos ante este “plato” que nos presentan, que en este mundo regido por la hegemonía de la estrategia neoliberal de los EE. UU. y sus aliados nuestra soberanía sólo se refuerza junto a la de los otros países del MERCOSUR, negociando en bloque, camino a la construcción de una comunidad latinoamericana y caribeña de naciones.
* Secretario RR.II PC-Uruguay